Medios de extinción de la obligación tributaria.
Medios de extinción de la obligación tributaria.
Los
medios de extinción de la Obligación Tributaria son el finiquito a la
cancelación de la deuda adquirida por parte del contribuyente. Existen
diversas formas para su extinción tales como lo son: El Pago, la
compensación, la confusión y la remisión.
Según el artículo 39 del Código Orgánico Tributario. "La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión,
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Según el artículo 39 del Código Orgánico Tributario. "La obligación tributaria se extingue por los siguientes medios comunes:
1. Pago.
2. Compensación.
3. Confusión,
4. Remisión.
5. Declaratoria de incobrabilidad.
Parágrafo Primero. La obligación tributaria se extingue igualmente por prescripción, en los términos previstos en el Capítulo VI de este Título.
Parágrafo Segundo. Las leyes pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen".
Parágrafo Segundo. Las leyes pueden establecer otros medios de extinción de la obligación tributaria que ellas regulen".
Artículo 52 del Código Orgánico Tributario. "La
obligación tributaria se extingue por confusión, cuando el sujeto
activo quedare colocado en la situación del deudor, como consecuencia de
la transmisión de los bienes o derechos objeto del tributo. La decisión
será tomada mediante acto emanado de la máxima autoridad de la
Administración Tributaria".
Comentarios
Publicar un comentario